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viernes, 21 de marzo de 2014

Absuelto el dueño de la casa gótica derribada en A Coruña de un delito contra el patrimonio


La jueza destaca que el inmueble «no está singularmente protegido»



Vale que la casa gótica pertenezca al conjunto histórico de Betanzos, pero eso no supone que esté «singularmente protegida», categoría de la que carece este inmueble situado en el número 5 de la Cerca. Por tanto, lo que hizo su dueño con ella, aunque esté mal, no es delito. Para que lo fuera, «tendría que haber existido una disposición administrativa que de modo concreto declarase a ese inmueble como bien de interés cultural», según la sentencia. Y el que nos ocupa jamás «ha sido objeto de una individualización específica» que le confiriese la categoría de «singularmente protegido». De ahí que no exista en la actitud del propietario delito alguno contra el patrimonio histórico, castigado con penas de hasta cuatro años de prisión. En este caso, se le pedían dos años y medio, más otros tantos de inhabilitación para su profesión de aparejador, multa de 10.800 euros y la obligación de reponerlo todo a su estado natural.
Si en lugar de ser el dueño de la casa gótica lo fuera de otros inmuebles que sí tienen la categoría de bien «singularmente protegido» e hiciera lo mismo en ellos, sí tendría que ser condenado por un delito contra el patrimonio. Los edificios enmarcados en ese contexto son la iglesia de San Francisco, Santa María del Azogue y Santiago, San Martín de Tiobre, San Martín de Bravío, Santa María de Pontellas, el santuario de Nuestra Señora del Camino, la iglesia y convento de las Madres Agustinas Recoletas, Santo Domingo, la casa consistorial, el Archivo, el Colegio de Huérfanas, el hospital de San Antonio de Padua y la fuente de la plaza de los Hermanos Naveira. Todos estos son los únicos edificios del conjunto histórico de Betanzos especialmente protegidos por estar singularmente reconocidos. El resto, no. Por lo cual, se puede hacer en ellos lo que hizo el dueño de la casa gótica sin incurrir en delito.
Pese a ser una sentencia absolutoria, la jueza afea lo que hizo el dueño de la casa gótica. Critica, entre otras muchas actuaciones, la demolición de la fachada principal. También se refiere la titular del Juzgado a los continuos incumplimientos de reposición que el Ayuntamiento le pidió desde el 2003.


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